En mitad de la partida nos han cambiado las reglas de juego y "eso no se vale" que diríamos de niños jugando en el patio del colegio. Ocurre también en el parchís, que te pones a jugar con un amigo dando por hecho las normas, porque para eso has jugado así toda la vida, y de pronto haces barrera con dos fichas fuera de casa y tu amigo quiere pasar. Cuando le dices que imposible, te dice la frase mágica: "en mi casa jugamos así". Y a ver quién le discute. Hay amistades que se han roto para siempre jugando al parchís. Parchís malo: ¡culo, culo!
Eso nos ha pasado con la ley de dependencia, que ya no hay quien se aclare, porque nos han cambiado las normas en mitad de la partida, o porque nos han hecho jugar sabiendo que iban a hacer cambios sin informarnos previamente. Eso no se vale: ¡culo, culo! Y la estrategia, de hecho, sigue en marcha, pero no nos lo cuentan. A eso lo llamo yo ser unos tramposos, no veo inocencia ni buena intención por ningún lado.
A las muchas modificaciones sufridas por la ley, se añadió en diciembre de 2013 un Real Decreto de ámbito nacional que motivó la necesaria adaptación de la normativa en cada Comunidad Autónoma, aquí la de Castilla y León. Me voy a centrar únicamente en lo que afecta a la Prestación Económica de Cuidados en el Entorno Familiar (PECEF), prestación especialmente maltratada y en riesgo de desaparecer a la vista de cómo están evolucionando los acontecimientos normativos.
Bien, para poder acceder a esta prestación se añaden requisitos, el más llamativo es el de atención previa: exigencia de haber estado prestando la atención durante el año previo a solicitar la ayuda, con excepciones tasadas y justificadas. Tengo la sensación de que la finalidad de estos cambios es ir reduciendo tanto esta prestación que su presencia acabe siendo algo testimonial.
Una de las excepciones a este requisito, en buena lógica, es que la dependencia haya sido sobrevenida, concediéndose en este caso la prestación. Sin embargo, por más que me estrujo el cráneo, no encuentro el sentido de este requisito en ningún caso.
Se darán situaciones paradógicas como la siguiente que se me ocurre a modo de ejemplo: una mujer dependiente está siendo cuidada en un Centro Residencial de titularidad municipal que debido en parte a la crisis económica y en parte a la reforma de la Administración Local echa el cierre. La familia busca otra residencia pero no encuentra ninguna que se adapte a su bolsillo y la prestación económica vinculada no llega para costear un centro privado. Hay un hijo que está desempleado (¡bendita crisis!) y se puede hacer cargo de su madre, pero no va a poder disfrutar de la PECEF porque no lleva atendiéndola un año. Nos han cambiado las normas y ahora a ver cómo le explicamos esto a las familias. Eso no se vale: ¡culo, culo!
¿Y por qué hablo en el título de la perversa aplicación de la ley de dependencia? Pues porque de manera encubierta este cambio normativo supone efectos retroactivos desfavorables. No les basta con poner mayores trabas a la concesión de nuevas ayudas, sino que dificultan las ya existentes o en trámite. A mí ya me han solicitado subsanar informes sociales para justificar en ellos si se cumplen estos nuevos requisitos, en solicitudes presentadas antes de la entrada en vigor de esta nueva normativa. Pero tranquilidad, es legal, lo tienen así previsto.
Y lo que realmente me apetece poner en estos informes es que sí, que el requisito de atención previa se cumple más que de sobra, pues la solicitud se cursó hace casi un año y aún no tienen resolución y además, yo ya justifiqué en mi informe, hace seis meses, que estaba siendo atendida de modo idóneo en su entorno familiar, por lo que bastaría con que echen cuentas y se lean los informes. Y os contaré un secreto: esto es, más o menos, lo que pongo.
Hay una parte de todo esto que me resulta especialmente molesta: explicárselo a las familias y a las personas dependientes. Con tantos cambios nos están trastornando y a veces me cuesta controlar mi indignación y explicar todo esto de forma pausada y profesional. Esto es una carrera de obstáculos en la que nos han cambiado las normas y eso no se vale: ¡culo, culo!
A las muchas modificaciones sufridas por la ley, se añadió en diciembre de 2013 un Real Decreto de ámbito nacional que motivó la necesaria adaptación de la normativa en cada Comunidad Autónoma, aquí la de Castilla y León. Me voy a centrar únicamente en lo que afecta a la Prestación Económica de Cuidados en el Entorno Familiar (PECEF), prestación especialmente maltratada y en riesgo de desaparecer a la vista de cómo están evolucionando los acontecimientos normativos.
Bien, para poder acceder a esta prestación se añaden requisitos, el más llamativo es el de atención previa: exigencia de haber estado prestando la atención durante el año previo a solicitar la ayuda, con excepciones tasadas y justificadas. Tengo la sensación de que la finalidad de estos cambios es ir reduciendo tanto esta prestación que su presencia acabe siendo algo testimonial.
Una de las excepciones a este requisito, en buena lógica, es que la dependencia haya sido sobrevenida, concediéndose en este caso la prestación. Sin embargo, por más que me estrujo el cráneo, no encuentro el sentido de este requisito en ningún caso.
Se darán situaciones paradógicas como la siguiente que se me ocurre a modo de ejemplo: una mujer dependiente está siendo cuidada en un Centro Residencial de titularidad municipal que debido en parte a la crisis económica y en parte a la reforma de la Administración Local echa el cierre. La familia busca otra residencia pero no encuentra ninguna que se adapte a su bolsillo y la prestación económica vinculada no llega para costear un centro privado. Hay un hijo que está desempleado (¡bendita crisis!) y se puede hacer cargo de su madre, pero no va a poder disfrutar de la PECEF porque no lleva atendiéndola un año. Nos han cambiado las normas y ahora a ver cómo le explicamos esto a las familias. Eso no se vale: ¡culo, culo!
¿Y por qué hablo en el título de la perversa aplicación de la ley de dependencia? Pues porque de manera encubierta este cambio normativo supone efectos retroactivos desfavorables. No les basta con poner mayores trabas a la concesión de nuevas ayudas, sino que dificultan las ya existentes o en trámite. A mí ya me han solicitado subsanar informes sociales para justificar en ellos si se cumplen estos nuevos requisitos, en solicitudes presentadas antes de la entrada en vigor de esta nueva normativa. Pero tranquilidad, es legal, lo tienen así previsto.
Y lo que realmente me apetece poner en estos informes es que sí, que el requisito de atención previa se cumple más que de sobra, pues la solicitud se cursó hace casi un año y aún no tienen resolución y además, yo ya justifiqué en mi informe, hace seis meses, que estaba siendo atendida de modo idóneo en su entorno familiar, por lo que bastaría con que echen cuentas y se lean los informes. Y os contaré un secreto: esto es, más o menos, lo que pongo.
Hay una parte de todo esto que me resulta especialmente molesta: explicárselo a las familias y a las personas dependientes. Con tantos cambios nos están trastornando y a veces me cuesta controlar mi indignación y explicar todo esto de forma pausada y profesional. Esto es una carrera de obstáculos en la que nos han cambiado las normas y eso no se vale: ¡culo, culo!
Hace un tiempo lo hablaba con una amiga trabajadora social. Todos los días lo primero que hace es mirar el boletín oficial, más que nada para ver qué hay de nuevo con el tema de la dependencia.
ResponderEliminarPor lo que sé, ahora, en la prestación por cuidados en el entorno familiar ya no te pagan la parte de seguridad social. Si quieres te la pagas tú, con lo que si te la pagas lo que te queda es casi nada.
Os tenéis que volver locos para informar, me lo imagino.
Besos :)
En 2012 hubo una modificación vergonzosa de la ley que afectó especialmente a esta prestación, dejando de pagar la Seguridad Social de cuidadores, bajando las cuantías y estableciendo un plazo de suspensión de dos años para el pago de las nuevas prestaciones resueltas, plazo que acaba este año, pero a saber qué más sorpresas nos tienen reservadas.
EliminarRespecto a las cuotas de Seguridad Social, para las personas que ya estaban cobrando la PECEF, se les dejaba de costear la Seguridad Social y se les daba la opción de darse de alta costeándolo ellas mismas, pero si no lo hicieron en su momento ya no lo pueden hacer. Ahora, para las resoluciones nuevas, pueden darse de alta, pero al haber bajado las cuantías, a casi nadie le compensa, pues en muchos casos la cuota mensual de cotización es mayor a la cuantía de la prestación. Una vergüenza, vaya, y la pena es que de estas cosas suele estar informada la gente afectada, pero la realidad no se conoce.
A la hora de informar, como bien dices, es complicado, porque todo varía demasiado rápido. Y luego hay una situación muy desagradable y es que las familias a veces se enfadan con nosotros, que no tenemos ninguna responsabilidad, aunque bastante paciencia tienen para el "maltrato" que reciben.
Muchas gracias por el interés constante, Carolina. Un abrazo muy fuerte!!
En castilla la mancha la pece es incompatible con el servicio de ayuda a domicilio.siendo éste prioritario.sea público o privado. .con lo cual no conceden ninguna pece desde hace dos años.bajo éste criterio u otro similar.siendo la opción propuesta la vinculada a servicio privado.Aquí peor.instruccion a servicios centrales de denegar la totalidad de propuestas pece.la dictadura del pp y su obsesión por desmantelar servicios públicos. Explicaciones a usuari@s muuuy claritas compi
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